Por una amplia mayoría, la Cámara alta aprobó el nuevo piso del tributo y la modificación del pase de monotributista a responsable inscripto
La medida, que se sancionó este jueves con 66 votos afirmativos y una abstención, exime del pago a los trabajadores que cobren hasta ciento cincuenta mil pesos y se extiende a los jubilados que perciban hasta ocho haberes mínimos. También se autorizó la iniciativa que propone actualizar los topes de cada categoría del régimen simplificado.
Los trabajadores que cobren entre 150 mil y 173 mil pagarán el Impuesto a las Ganancias, pero la AFIP establecerá las deducciones para evitar grandes diferencias entre los que deben tributar y los que están exentos. Asimismo, la actualización del piso para estar exento del gravamen se ajustará por el RIPTE (promedio de variación salarial que elabora la Secretaría de Seguridad Social).
Puntos centrales
La medida beneficiará a más de 1.267.000 de personas y tendrá vigencia al 1 de enero de este año, por lo que el Gobierno deberá devolver los descuentos realizados en estos primeros meses a quienes les corresponda.
El aguinaldo de los sueldos hasta 150 mil pesos brutos tampoco pagará impuesto a las Ganancias, y el personal de salud seguirá eximido hasta septiembre por las guardias u horas extras realizadas, en virtud de la pandemia de coronavirus.
Uno de los cambios introducidos durante el tratamiento en la Cámara de Diputados establece que los ex presidentes y vicepresidentes de la Nación pagarán Ganancias sobre las asignaciones vitalicias.
Los gastos de guardería, sobre niños de hasta tres años, no tributarán el gravamen hasta un tope anual de 67 mil pesos. Asimismo, se duplicó la exención por hija o hijo con discapacidad, que en la actualidad es de 78.833 pesos, y se eliminó el tope de edad.
Monotributo
La iniciativa contempla la actualización para las escalas y montos del régimen simplificado correspondientes al período 2020, que comenzarán a regir cuando la ley sea promulgada por el Poder Ejecutivo.
La reforma busca hacer más sencilla la transición entre el monotributo y el Régimen General (RG), tanto en términos administrativos como en los montos de las obligaciones que deben afrontar los contribuyentes.
Para los casos de monotributistas cuya facturación superó el límite más alto del régimen hasta un 25%, se contempla que puedan mantenerse en su actual condición durante el período fiscal 2021. Los que superaron ese monto se tendrán que pasar al régimen general, y se establece una transición para que los contribuyentes puedan afrontar los pagos de Ganancias y de IVA.
De acuerdo con el texto, podrán deducir además en el primer año el 50% del importe que le corresponde pagar de IVA, el 30% en el segundo y el 10% en el tercer año.